


La curaduría no expide una licencia genérica: cada obra encaja en una modalidad, con planos y requisitos propios. Elegir mal la modalidad es la causa más común de devoluciones, así que la definimos en la primera visita, según lo que vas a construir, ampliar o modificar en el predio.
Obra nueva: para construir sobre un lote vacío o después de demoler. Es la base de la construcción de casas.
Ampliación: para sumar área, como un segundo piso o cubrir un patio. Ver ampliación de casas.
Modificación: para cambiar la distribución interna o la fachada sin aumentar el área construida.
Adecuación: para cambiar el uso del inmueble, por ejemplo de vivienda a local u oficina, si la norma del sector lo permite.
Reforzamiento estructural: para llevar una edificación existente a la norma sismorresistente NSR-10. Ver refuerzo estructural.
Demolición: total o parcial; casi siempre se tramita junto con la de obra nueva.
No toda obra pasa por la curaduría. La regla práctica es sencilla: si la obra suma área, toca la estructura, cambia la fachada o cambia el uso del inmueble, necesita el permiso. Si solo renueva acabados, no. Estos son los casos que más nos consultan en Bogotá.
Casa nueva, segundo piso, altillo o patio cubierto: siempre requieren licencia, en modalidad de obra nueva o ampliación.
Abrir o tumbar muros de carga, cambiar vanos de fachada o reforzar la estructura exige modificación o reforzamiento.
Convertir vivienda en local, oficina o consultorio pide adecuación, y antes hay que verificar que la norma del sector lo permita.
Pintura, pisos, enchapes, baños y cocinas sin tocar estructura no requieren licencia. Ver reparaciones locativas; en edificios sí se necesita permiso de la administración.
Trámites, requisitos y tiempos en Bogotá
Las más comunes en vivienda son obra nueva, ampliación, adecuación, modificación, reforzamiento estructural y demolición; la norma también contempla restauración, reconstrucción y cerramiento. Para lotes existen además las licencias de urbanización y subdivisión. Cada modalidad pide documentos y planos distintos.
El costo total incluye: expensas de la curaduría (calculadas según área y estrato), honorarios del ingeniero/arquitecto y planos técnicos. Para una vivienda unifamiliar de 100 m² en estrato 3, el total puede oscilar entre $4.500.000 y $8.500.000 COP. Te entregamos cotización detallada gratuita; ver la guía de costos de la licencia.
Una vez radicado el expediente completo, la curaduría tiene 45 días hábiles para resolver. Si hay observaciones, se cuenta tiempo adicional para subsanarlas. En la práctica, un trámite estándar bien preparado se resuelve en 2 a 3 meses.
Si la remodelación NO modifica muros estructurales ni fachada, no requiere licencia (solo permiso de la copropiedad). Si afecta la estructura, fachada, ductos comunes o cambia el uso, sí requiere licencia de adecuación.
Certificado de tradición y libertad reciente, escritura del predio, paz y salvo de impuesto predial, planos arquitectónicos, estructurales, hidrosanitarios y eléctricos, memorias de cálculo, estudio de suelos (según el caso) y copia de la cédula del propietario.
Sí. Somos constructores con experiencia: tramitamos la licencia y luego ejecutamos la obra completa con responsabilidad civil contractual. Esto te garantiza coherencia entre lo aprobado y lo construido.
La alcaldía local puede imponer multas, suspender la obra y ordenar la demolición de lo construido, según el Código Nacional de Seguridad y Convivencia (Ley 1801 de 2016). Además, el área sin licencia no se puede registrar en la escritura, lo que complica vender o hipotecar el inmueble.
Descarga la lista completa de documentos para radicar ante la curaduría en Bogotá, con los tipos de licencia y los tiempos del trámite.
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